REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN ESTUDIANTIL





Art. 6. Valoración de los componentes. Corresponde a la asamblea de cada cátedra o a cada docente de ser el caso,  seleccionar sobre 40 puntos por semestre,  la evaluación de la asignatura correspondiente en función de los siguientes rangos para los componentes de evaluación:  Exámenes:  hasta el 50% Actividades  Complementarias, que consisten en: Prácticas, Seminarios, lecciones, tareas, participación en clase: hasta el 50%. La distribución  de calificaciones será aprobada por el respectivo Consejo de Carrera al inicio del semestre.

Art. 7.Recepcion de las pruebas y entrega de resultados

a. El día , hora y lugar señalados por el docente en el calendario academico , debidamente coordinado por el consejo de carrera y observando la programacion academica establecida por el vicerrector académico , los estudiantes recibirán la prueba y la responderan de forma individual.

b. La identificación del estudiante que rinde una prueba se lo hará con el nombre o utilizando como código el número de su cédula de ciudadanía

c. En las siguientes 24 horas de recepción de la prueba , el docente publicara las respuestas

d. Los estudiantes solicitaran rectificación de las respuestas , en caso de existir errores

e.El docente entregara al estudiante para su revisión las evaluaciones individuales.

f. Los estudiantes reclamaran individualmente sus evaluaciones de existir errores

g. El docente trasladara copias de las notas digitadas a la secretaria de la facultad

Luego de la recepción de la prueba , el resto del proceso se cumplirá entre 2-4 días laborables 

Art. 8. Cómputo de las evaluaciones. Cada hemisemestre se evaluará sobre veinte puntos. Para fines de promoción el estudiante reunirá mínimo 27.5 puntos (veinte y siete, cinco puntos) en el semestre, con un valor inferior puede rendir un examen de recuperación, excepto si cursa el ciclo con tercera matrícula. La aproximación de decimales solamente es factible desde 0.5 puntos (cero cinco puntos) al final del segundo hemisemestre o luego del examen de recuperación, respectivamente.

Art. 9. Examen de recuperación. Se recepta sobre 20 puntos bajo las mismas características de los exámenes regulares sobre la base del contenido curricular correspondiente al semestre, pero en su evaluación no se incluyen actividades complementarias.
La fecha de recepción no será mayor a ocho días luego del último examen regular y la nota final, luego de habérsela sometido a conocimiento y reclamo de los estudiantes, se digitará y trasladará a secretaría de cada Carrera en no más de cinco días laborables.
La tabulación del examen de recuperación se hará de la siguiente manera:
Se suman las notas de los dos hemisemestres (sin decimales) y se divide para dos, a este cociente se agrega la nota del examen de recuperación.

Ejemplos:

a. Suma de los dos hemisemestres………... 27.0
Mitad de los dos hemisemestres…..…… 13.5
Nota del examen de recuperación……… 14.0


Calificación global ………27.5=Es promocionado


b. Suma de los dos hemisemestres ……….. 27.0
Mitad de los dos hemisemestres …….…. 13.5
Nota del examen de recuperación …….. 13.0
Calificación global ……26.5=Repite la asignatura

Promedio mínimo de los dos hemisemestres para presentarse al examen de recuperación: 7.5

Art. 10. Manejo de los decimales. Los decimales que el estudiante obtiene en el primer hemisemestre, no se aproximan, se suman al final del segundo hemisemestre y estos, finalmente se agregan al
examen de recuperación.

Ejemplo:

Primer hemisemestre ……………. 14.30
Nota a secretaría ………………… 14.00
Arrastre para segundo hemisemestre: 0.30
Segundo hemisemestre ………….. 12.20
Arrastre del primer hemisemestre . 0.30
Nota global ……………………… 12.50
Nota a secretaría………… 12.0= suspenso
____________
Suma dos hemisemestres……. 26.50
Estudiante suspenso
Examen de recuperación…………... 14.0
Arrastre …………………………….. 0.5
Nota global …………… 27.5=Promocionado
Nota a secretaría …………………. 15.0

Art. 12. Ausencias. En caso de calamidad doméstica, enfermedad debidamente comprobada o
maternidad, el Director de Carrera dentro de los ocho días podrá justificar la inasistencia del estudiante a rendir los exámenes. Si esta fuera por enfermedad, el estudiante debe someter la certificación a
calificación por médicos del Hospital del Día, Hospitales Públicos o de la Seguridad Social.
Aceptada la justificación documentada, el Director de Carrera fijará conjuntamente con el docente la fecha del examen, no más allá de ocho días de concedida la autorización por el Director de Carrera.

Art. 17. Recalificación.- Es el derecho que tiene el estudiante para solicitar que un tribunal designado
por el Director de Carrera, revise uno o más exámenes, al considerar que ha sido perjudicado. El
trámite de la solicitud se hará con el respaldo documental correspondiente y dentro del término de
cinco días de publicada e impugnada la calificación.

El profesor tiene un plazo de 24 horas para la entrega del examen.
El tribunal para la recalificación estará integrado por dos profesores afines a la asignatura sobre la cual se ha realizado la impugnación y, entregará su veredicto en el término de 48 horas, el mismo que es
inapelable.

El profesor que recepte exámenes orales está obligado a entregar testimonio audiovisual en la secretaría de la Carrera que permita la recalificación del examen.





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